Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la Rep. ArgentinaPersoneria Gremial Nº 85, Extendida por Resolucion Nº10/56 D.N.T. a todo el Territorio de la República Argentina (Afiliado a la C.G.T., F.L.A.T.I.M. y F.I.T.I.M.)
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88 F.A.A.T.R.A.Central: Belgrano 665 - Tel (011) 4340-7400 - Capital FederalSecc. Mar del Plata: 9 de Julio 3276 - Tel (0223) 494-4299
VIGENCIA

01/09/2006 10%

01/09/2006 10% no remunerativo 01/03/2007 4% y se incluye el 10% no remunerativo 01/09/2007 4%  01/01/2008 4% 01/04/2008 5%
Personal Jornalizado Valores $/Hora Oficial Inspector 8.60 0.78 9.70 10.01 10.32 10.71
Oficial de Primera 8.06 0.73 9.09 9.38 9.67 10.04
Oficial 7.73 0.70 8.72 9.00 9.28 9.63
Medio Oficial 7.38 0.67 8.32 8.59 8.86 9.19
Peón 6.45 0.59 7.27 7.50 7.74 8.03
APRENDICES AYUDANTES
A los 16 y 17 años 5.83 0.53 6.57 6.78 7.00 7.26
A los 18 y 19 años 6.03 0.55 6.80 7.01 7.23 7.51
Engrasadores - Operarios - Ayudantes - Lavadores - Limpiadores y Expendedores de Combustible  7.28 0.66 8.21 8.47 8.74 9.07
Personal Mensualizado Valores $/Mes Auxiliar de Primera 1611.90 146.54 1817.05 1875.66 1934.28 2007.54
Auxiliar de Segunda 1477.62 134.33 1665.68 1719.41 1773.14 1840.31
Auxiliar de Tercera 1396.11 126.92 1573.80 1624.56 1675.33 1738.79
Auxiliar de Cuarta 1262.16 114.74 1422.80 1468.70 1514.59 1571.97
Choferes 1410.19 128.20 1589.67 1640.95 1692.23 1756.33
Maestranza 1266.85 115.17 1428.08 1474.15 1520.22 1577.80
Menores de hasta 16 años 1082.76 98.43 1220.57 1259.94 1299.32 1348.53
Menores de 17 hasta 18 años 1118.34 101.67 1260.68 1301.34 1342.00 1392.84
Personal a sueldo comisión y/o bonificación 1262.16 114.74 1422.80 1468.70 1514.59 1571.97
Se encuentran incluidos los $100 - del Decreto 2005/04 a partir del 1º de Julio de 2005 y los $50 del Decreto 1347/03 en los términos del Acta Acuerdo firmada por las partes. ART 35 - ADICIONAL POR ANTIGUEDAD ART 19 Inc B - Adicional por Asiduidad Todo el personal con una antigüedad mínima de (1) año en el establecimiento que no registre más de siete (7) inasistencias dentro del año inmediato anterior al momento de salir de vacaciones, gozará de siete (7) días de licencia extraordinaria por asiduidad, con goce de haberes, la que será agregada a los días que por vacaciones anuales correspondiere. ASIGNACION VACACIONAL ART 20: 8.33 horas por mes de jornal de la categoría, más la antigüedad. Se paga íntegramente con la segunda quincena de cada mes. SUBSIDIOS CONVENIO FAATRA - SMATA Artículo 36 e) y f) Fallecimiento de cónyuge, hijos y padres, 50 horas de la categoría de Oficial Inspector. $391.0 g) Fallecimiento de hermanos y padres políticos, 30 horas de la categoría Oficial Inspector. $234.60 Personal que utilice idiomas extranjeros, 10 horas del jornal o sueldo de su categoría por mes. Personal con título del CONET, o equivalente, 10 % del salario que percibe el trabajador por mes. Viáticos por traslado: Por comida para realizar tareas fuera del establecimiento: hasta 5 (cinco) hs de la categoría de Oficial Inspector: $39.10 Fuera del radio de 40 KM: el 30% sobre sus haberes (art 31). Artículo 59 Coeficiente zonal (región patagónica) adicional del 20% sobre las remuneraciones establecidas en el presente convenio. MENSUALIZACION DE PERSONAL JORNALIZADO Artículo 60 En los casos en que hubiera que mensualizar personal jornalizado, previa expresa conformidad del mismo, el salario mensual será igual a doscientas (200) horas del jornal horario correspondiente a su categoría laboral. Percibirá además, todos los adicionales que este convenio establece.
Años % Años % Años % Años % Años %
1 2.0 6 8.0 11 13.0 16 16.5 21 19.0
2 4.0 7 9.0 12 14.0 17 17.0 22 19.5
3 5.0 8 10.0 13 15.0 18 17.5 23 20.0
4 6.0 9 11.0 14 15.5 19 18.0 24 20.5
5 7.0 10 12.0 15 16.0 20 18.5 25 o más 21.0
ART 34 - SALARIOS Desde el 01/09/2006